Medicina prepaga Cómo certificar mensualmente los ingresos para solicitar el tope de aumento de cuota

Medicina prepaga Cómo certificar mensualmente los ingresos para solicitar el tope de aumento de cuota

La Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la Resolución 02/2023, reglamentó la aplicación del Decreto N° 743/2022 que establece que las personas que sean titulares de un plan de medicina prepaga que posean ingresos netos menores a 6 salarios mínimos, vitales y móviles, pueden solicitar el tope de aumento de cuota hasta un 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado, por un plazo de 18 meses consecutivos.

Hasta el 20 de enero se puede completar la primera declaración jurada de certificación de ingresos para que las empresas de medicina prepaga puedan aplicar el tope en el incremento de la cuota a quienes tengan ingresos inferiores a 6 salarios mínimos.

La Declaración Jurada de Certificación de Ingresos se deberá realizar del 1 al 20 de cada mes, ingresando con CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo, al servicio “Mi SSSalud”, al que se accede desde el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

 

Fuente: AFIP