Monotributo: Recategorización Enero 2024 con nueva tabla

Monotributo: Recategorización Enero 2024 con nueva tabla

Afip habilitó el sistema para efectuar la recategorización de monotributistas a partir del 01 de enero y el plazo para cumplir con dicha obligación finaliza el próximo 22 del corriente.

¿Qué es la recategorización?

La recategorización es la evaluación obligatoria de los parámetros de actividad de los últimos 12 meses, que determinan a qué categoría del monotributo pertenece un contribuyente. Si de esta evaluación surge un cambio de categoría, deberán registrarse los nuevos parámetros en Afip.

Tal procedimiento se realiza dos veces al año, en enero y julio.  En caso de mantener la misma categoría, no es necesario ingresar los datos al sistema.

¿Cuáles son los parámetros a evaluar?

Se evalúan en los últimos 12 meses anteriores a la recategorización en curso, los siguientes:


• Los ingresos brutos acumulados
• La energía eléctrica consumida
• Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad

Luego, se deben cotejar estos valores con la tabla de categorías de monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente

¿Cuándo no corresponde hacer recategorización?

No corresponde hacer la recategorización si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción al régimen simplificado. En cambio, si el período es entre 6 meses y menos de 12, se deben anualizar los ingresos.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abona en el mes siguiente al de la recategorización.

¿Que tabla  se debe considerar?

Tabla vigente a 12/2023

Se considera para saber si el contribuyente queda o no excluido del monotributo al 31/12/2023 en relación al tope de ingresos, según la actividad sea de servicios, renta o venta de productos (cosas muebles=cosas que se pueden trasladar de un lugar a otro)

Servicios:  $7.996.484,12/anual

Venta de cosas muebles:  $11.379.612,01/anual

Tabla vigente a 01/2024

Es la que se considera para ubicar en qué categoría queda encuadrado el contribuyente, según la evaluación de los parámetros que realizó.

Los contribuyentes registrados en las categorías A y B cuyo único ingreso provenga del monotributo podrán verificar si están alcanzados por el beneficio de la exención del componente impositivo.

Para ello, deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal.

Fuente: AFIP